Un contrato mal redactado, una cláusula abusiva o un incumplimiento por la otra parte pueden convertirse en un problema serio si no se aborda con criterio jurídico desde el principio. Si resides o desarrollas tu actividad en Mataró y necesitas asesoramiento sobre un contrato civil o mercantil, contar con un abogado especializado te permite entender exactamente qué derechos tienes y qué opciones son realistas antes de tomar cualquier decisión.
A continuación explicamos cómo funciona el asesoramiento en materia de contratos, qué normativa resulta aplicable, qué plazos conviene tener presentes y cómo se organiza habitualmente una primera consulta gratuita.
¿Cuándo conviene consultar a un abogado de contratos?
No todos los conflictos contractuales requieren acudir a un juzgado, pero sí es recomendable revisar el documento y la situación con un profesional en varios momentos:
- Antes de firmar un contrato importante (compraventa, arrendamiento, prestación de servicios, suministro).
- Cuando la otra parte incumple total o parcialmente lo pactado.
- Si detectas cláusulas que consideras abusivas o poco claras.
- Cuando necesitas resolver o rescindir un contrato ya firmado.
- Si recibes una reclamación o un requerimiento por presunto incumplimiento.
Tipos de contratos que suelen requerir asesoramiento en Mataró
La práctica habitual de un despacho que trabaja con contratos abarca, entre otros, los siguientes ámbitos:
Contratos civiles entre particulares
Compraventas de vivienda o de bienes muebles, arras, préstamos entre particulares, contratos de arrendamiento de vivienda o de local de negocio regulados por la Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos.
Contratos mercantiles
Acuerdos entre empresas o autónomos: distribución, suministro, prestación de servicios, colaboración mercantil o contratos de agencia, sujetos al Código de Comercio y a la normativa mercantil específica según el tipo de relación.
Contratos con consumidores
Cuando una de las partes tiene la condición de consumidor, resulta de aplicación el Real Decreto Legislativo 1/2007, que aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, especialmente relevante en materia de cláusulas abusivas.
Normativa que regula los contratos en España
El marco general de los contratos se encuentra en el Código Civil, principalmente en los artículos 1254 a 1314, que establecen los requisitos de validez (consentimiento, objeto y causa), así como las consecuencias del incumplimiento. A esto se suman:
- La Ley 7/1998, sobre Condiciones Generales de la Contratación, aplicable cuando existen cláusulas predispuestas por una de las partes.
- El Código de Comercio, para relaciones entre comerciantes o empresas.
- La Ley de Enjuiciamiento Civil, que regula el procedimiento judicial en caso de que la vía extrajudicial no resuelva el conflicto.
Conocer qué norma resulta aplicable a cada caso concreto es determinante, porque de ello dependen tanto los derechos reconocidos como los plazos disponibles para ejercitarlos.
¿Qué plazo tengo para reclamar por incumplimiento de contrato?
El artículo 1964 del Código Civil, tras la reforma introducida por la Ley 42/2015, establece con carácter general un plazo de prescripción de cinco años para las acciones personales que no tengan un plazo especial señalado. Este plazo se cuenta, salvo excepciones, desde que la obligación pudo exigirse.
Existen, no obstante, plazos distintos según el tipo de contrato o acción (por ejemplo, en materia de arrendamientos o de compraventa de bienes muebles pueden aplicar reglas específicas), por lo que conviene verificar el plazo exacto aplicable a cada situación antes de que transcurra, ya que una vez prescrita la acción se pierde la posibilidad de reclamar judicialmente.
Pasos a seguir ante un problema contractual
1. Revisión del contrato y la documentación
El primer paso consiste en analizar el contrato firmado, los correos, facturas, requerimientos y cualquier prueba documental relacionada con el incumplimiento o la controversia.
2. Requerimiento previo a la otra parte
En muchos casos es recomendable enviar un requerimiento formal (burofax u otro medio fehaciente) antes de iniciar cualquier acción judicial, dejando constancia de la reclamación y fijando un plazo razonable para resolverla.
3. Negociación o mediación
La Ley 5/2012, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, ofrece una vía para intentar llegar a un acuerdo sin necesidad de acudir a los tribunales, lo que puede resultar más ágil y económico en determinados casos.
4. Vía judicial
Si no se alcanza acuerdo, la reclamación puede plantearse ante el juzgado competente mediante juicio verbal u ordinario, según la cuantía reclamada, conforme a los artículos 249 y 250 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
¿Qué juzgado es competente en Mataró?
Mataró cuenta con su propio partido judicial, con Jutjats de Primera Instància i Instrucció que conocen de los asuntos civiles y mercantiles cuya competencia territorial corresponda a este municipio, en función del domicilio del demandado o del lugar de cumplimiento de la obligación, según las reglas de la Ley de Enjuiciamiento Civil. En determinados casos, según el tipo de sociedad o materia mercantil especializada, puede corresponder a los juzgados mercantiles de Barcelona.
¿Cómo funciona la primera consulta gratuita?
La primera consulta gratuita tiene como finalidad conocer los hechos, revisar la documentación disponible y ofrecer una primera valoración jurídica sobre la situación planteada. No implica ningún compromiso de contratación posterior y sirve para que el interesado entienda qué opciones tiene antes de decidir cómo proceder.
En esta consulta se explica, de forma orientativa, qué normativa resulta aplicable, qué plazos existen y qué vías (negociación, mediación o vía judicial) pueden ser adecuadas según el caso, sin que ello suponga garantizar un resultado concreto.
Qué documentación conviene llevar a la consulta
- El contrato original y sus anexos, si existen.
- Correos electrónicos, whatsapps o comunicaciones relevantes con la otra parte.
- Facturas, justificantes de pago o transferencias relacionadas.
- Cualquier requerimiento, burofax o carta ya enviada o recibida.
- Documento de identidad y, si procede, datos de la empresa implicada.
Preguntas frecuentes
¿La primera consulta es realmente gratuita o tiene algún coste oculto?
La primera consulta orientativa no tiene coste. En ella se analiza el caso y se informa de las opciones disponibles; cualquier actuación posterior se presupuesta de forma independiente y transparente.
¿Puedo reclamar si el contrato no está firmado por escrito?
El Código Civil permite la validez de contratos verbales en muchos casos, aunque la prueba de su existencia y contenido resulta más difícil. Conviene aportar cualquier evidencia disponible (correos, testigos, pagos realizados) para valorar la viabilidad de la reclamación.
¿Qué diferencia hay entre resolver y rescindir un contrato?
La resolución se produce generalmente por incumplimiento de una de las partes (artículo 1124 del Código Civil), mientras que la rescisión responde a otras causas, como el perjuicio económico a terceros, y se rige por artículos distintos del propio Código Civil.
¿Tengo que ir obligatoriamente a juicio si la otra parte no cumple?
No siempre. Antes de plantear una demanda suele ser recomendable intentar el requerimiento y, en su caso, la negociación o mediación, reservando la vía judicial para cuando no exista otra alternativa.
¿Cuánto tiempo tengo para actuar si detecto una cláusula abusiva en mi contrato?
La nulidad de las cláusulas abusivas, conforme al Real Decreto Legislativo 1/2007, puede alegarse en principio en cualquier momento por tratarse de nulidad de pleno derecho, si bien conviene revisar el caso concreto cuanto antes para valorar la estrategia más adecuada.